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Sexta Enmienda

En toda causa criminal, el acusado gozará del derecho de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial del distrito y Estado en que el delito se haya cometido, Distrito que deberá haber sido determinado previamente por la ley; así como de que se le haga saber la naturaleza y causa de la acusación, de que se le caree con los testigos que depongan en su contra, de que se obligue a comparecer a los testigos que le favorezcan y de contar con la ayuda de un abogado que lo defienda.

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Derechos Contenido en la Enmienda Seis:

  • Derecho a una audiencia judicial ante un juez o un jurado imparcial

  • Derecho de ser juzgado pública y rápidamente

  • Derecho a no firmar ningún documento que no entendemos

  • Derecho de contar la defensa de un abogado

  • Derecho a presentar testigos a tu favor

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